Pasar por un divorcio es una experiencia bastante complicada para cualquier persona, pero, es necesario tener paciencia y pensar con claridad y, sobre todo, proteger a los hijos. En este sentido la pensión de alimentos tiene un papel fundamental. Te contamos en qué consiste, qué incluye y cuándo se extingue la obligación de pagarla.
¿Qué es la pensión de alimentos?
Cuando una pareja se divorcia y tiene hijos (sobre todo en el caso de que sean menores) se tiene que fijar una cantidad que pagará el cónyuge que no tenga la custodia, para mantener a los hijos. Esa cantidad se llama pensión de alimentos. En estos casos, existen, por lo tanto, dos partes: la alimentista, que es la que tiene derecho a recibir los alimentos, y la alimentante que es quien los paga.
El importe de la pensión de alimentos se fija en el convenio regulador del divorcio cuando hay mutuo acuerdo y debe ser aprobada por el Juez. En los casos en los que los excónyuges no alcancen un acuerdo cada uno planteará su opción en cuanto a la pensión y será el juez quien decida.
¿Qué incluye?
Con la expresión “alimentos” se debe entender todo lo que es necesario para el sustento, es decir, la comida, el alojamiento, el vestido, la asistencia médica, la educación (libros, uniformes, comedor)
Por otra parte, además de lo anterior cada excónyuge deberá hacer frente al 50% de los gastos extraordinarios que conlleven los hijos. En este sentido se incluyen, por ejemplo, las actividades extraescolares o los gastos médicos no previstos y que no cubra la Seguridad Social.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
Para calcular la pensión de alimentos se consideran dos aspectos fundamentales:
- Los ingresos del excónyuge que deberá abonarla.
- Las necesidades del hijo que las recibe.
No obstante, el importe puede modificarse por los excónyuges si surgen nuevas circunstancias y alcanzan un acuerdo o recurren al juez, a falta de acuerdo, para que establezca un nuevo importe.
Existe una tabla orientativa elaborada por el Consejo General del Poder Judicial para calcular la pensión de alimentos que puede servir para hacerse una idea aproximada, pero el importe final dependerá de las circunstancias de cada caso.
¿Cuándo se deja de pagar?
La obligación de pagar la pensión de alimentos se extingue en los siguientes casos:
- Fallecimiento de la persona que paga la pensión.
- Reducción de los ingresos de quien paga la pensión, hasta el límite de no poder pagarla.
- Cuando la persona que recibe la pensión realiza un trabajo y no necesite la pensión.
- Cuando la persona que recibe la pensión realice algún acto que dé lugar a la desheredación.
En hecho de que el hijo alcance la mayoría de edad no significa que no se le deba seguir pagando la pensión de alimentos, puesto que la falta de ingresos puede no deberse a su voluntad. Pero si se prueba que los hijos mayores de edad no rinden en los estudios y no buscan trabajo porque no quieren, se podría extinguir la pensión de alimentos.
En un post posterior hablaremos sobre la posibilidad de reclamar la pensión de alimentos impagada a una herencia, en los supuestos de fallecimiento de la persona que debía abonarla.
En el caso en que necesites ayuda con un divorcio o para establecer la pensión de alimentos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para que te ayudemos.
Mi marido tiene trabajo temporal hasta octubre.
Tenemos una hija de año y medio.
Si me divorcio….cuando él quede en paro tiene q pasar la pensión para nuestra hija?
Gracias.