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Actualizado – septiembre 2020

Vivir en Europa es una gran ventaja para viajar: tenemos la misma moneda, no es necesario pasar por las aduanas, el transporte te comunica muy fácilmente con casi cualquier lugar. ¡Pero no todo es así de fácil! Puede ocurrir que una persona fallezca en un país que no es el suyo y se tenga que gestionar su herencia. En este post te voy a hablar de un caso que hasta hace unos años era poco habitual, pero que lo es cada vez más con el tema de emigración. Voy a hablar de cómo gestionar una herencia internacional.

Las herencias internacionales plantean muchas dudas:

  • ¿Qué ocurre si el familiar fallecido es extranjero?
  • ¿Cómo se tramita la herencia si el dinero está en una cuenta bancaria de una entidad que está en el extranjero?
  • ¿Qué hay que hacer si el fallecido era español, pero residía en otro país?
  • ¿Qué normativa se aplica?
  • ¿Dónde se pagan impuestos?

En nuestro post Preguntas sobre herencias internacionales  damos respuesta a las principales dudas.

Lo vamos a ver todo con un ejemplo muy ilustrativo:

Un ciudadano italiano, Francesco, fallece en Venecia (Italia), su ciudad de residencia, deja en herencia a sus sobrinos franceses, residentes en París (Francia), tres pisos en la costa de Valencia (España) y dinero en cuentas corrientes y acciones en varios bancos españoles.

Las dos primeras preguntas que se harán los herederos, una vez que se les notifica que son beneficiarios de esta herencia, son ¿Cómo nos adjudicamos los bienes de la herencia en España? y ¿Cómo se declaran?

¿Cuál es el primer paso para adjudicarte los bienes de una herencia en otro país?

Siguiendo con el ejemplo, el primer paso, consiste en obtener el documento de adjudicación de herencia, es decir, el testamento, en Italia (el país de origen del fallecido, que hizo su testamento allí), por el que se hace la división de la herencia tal y como él lo dejó recogido.

Lo más importante en estos casos es tener un abogado especializado en herencias, porque una mala gestión de la herencia puede crear problemas económicos a las familias debido al pago de impuestos y otros aspectos.

Una vez que los herederos franceses hayan contratado a un abogado especialista en herencias internacionales, les asesorará sobre la primera fase para poder adjudicarse los bienes, para lo que tendrán que recopilar la siguiente documentación:

  • Certificado de defunción.
  • Documento de adjudicación de herencia en Italia.
  • Documentación personal de los herederos y del causante.
  • Certificado de saldos de las cuentas corrientes y acciones existentes en España en los dos meses anteriores al fallecimiento.
  • Escritura, y último recibo IBI pagado de los bienes inmuebles existentes en España.
  • Certificado de últimas voluntades en España a fin de justificar que no hizo testamento en nuestro país.

¿Cómo evitar arruinarte tramitando los impuestos de la herencia internacional?

Una vez obtenida la documentación, es el momento de confeccionar y presentar  el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Durante mucho tiempo los extranjeros no residentes en España que recibían una herencia en nuestro país, debían pagar una cuota del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) mucho más elevada que los residentes, puesto que se les aplicaba la normativa estatal y no la autonómica y, por lo tanto, no tenían derecho a deducciones o bonificaciones.

La normativa se modificó en 2014 debido a una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que consideró que el trato fiscal de la legislación española respecto a los no residentes era discriminatorio y vulneraba el derecho a la libre circulación de capitales.

En 2014, como consecuencia de lo anterior, se introdujo una Disposición Adicional Segunda en la Ley del ISD para que los herederos se puedan beneficiar de la aplicación de la normativa autonómica, siempre que exista una relación entre los no residentes de un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y la comunidad autónoma.

Sin embargo, sigue existiendo una discriminación respecto a los no residentes extracomunitarios, a los que se aplica la normativa estatal. Esta situación tiene tres aspectos importantes a considerar:

  • Aunque todavía no se ha modificado la normativa, sí que se ha generado jurisprudencia del Tribunal Supremo que ha declarado la responsabilidad patrimonial del Estado en casos de discriminación de no residentes extracomunitarios en el pago del ISD.
  • La Dirección General de Tributos en varias consultas vinculantes ha declarado que ya se puede liquidar el ISD, aplicando la normativa autonómica siempre que exista un punto de conexión (la residencia habitual del fallecido, por ejemplo).
  • Si has liquidado el ISD conforme a la normativa estatal y existe una conexión con una comunidad autónoma, puedes solicitar la devolución, siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.

Por lo tanto, la situación queda de la siguiente manera para el caso de que el fallecido sea no residente en España, pero residente en UE, EEE o fuera de la UE o EEE:

  • Heredero no residente en España.
    • Bienes en España. Paga el ISD al Estado español y puede aplicar la normativa autonómica, en función de la autonomía en la que se encuentre la mayor parte del valor de la herencia.
    • Bienes fuera de España. No paga en España.
  • Heredero residente en España.
    • Paga el ISD en España por todos los bienes con independencia de dónde se encuentren (fuera o dentro de España).
    • Puede aplicar la normativa autonómica.
    • Podrá deducirse el impuesto pagado en el extranjero relativo a bienes situados fuera de España, en función de los convenios de doble imposición que se apliquen.

Por lo tanto, tanto si eres comunitario como si no lo eres, en el caso en que tengas que pagar el IS en España, se te podrá aplicar la norma autonómica.

Como consecuencia de lo anterior, en el caso de Francesco es residente en la Unión Europea, los herederos también residen en la UE y los bienes están en España. Por lo tanto, tendrá que pagar el ISD al Estado español y podrá aplicar la normativa de la Comunidad Valenciana si existe una conexión. En caso de que esa conexión exista, se podrán aplicar reducciones y bonificaciones en función de varios aspectos:

  • La relación de parentesco que tengan los herederos con el fallecido.
  • La edad de los herederos.
  • Si alguna de las viviendas era residencia habitual del causante.
  • Si alguno de los herederos tiene una discapacidad.
  • Si se transmiten empresas o participaciones en determinadas entidades.

Si quieres saber más sobre el Impuesto de Sucesiones puedes leer nuestros posts:

¿Qué gestiones son imprescindibles para no perder los bienes de tu herencia internacional?

Los pasos a seguir para gestionar una herencia internacional son los siguientes:

  1. El documento de división de herencia realizado en Italia, tiene que ser adaptado a la legislación española para que sea inscribible en el Registro de la Propiedad.
  2. Una vez que hemos obtenido el documento de adjudicación de herencia española y hemos pagado los impuestos de la herencia, procedemos a liquidar las cuentas y acciones existentes en bancos españoles.
  3. Una gestión imprescindible para poder inscribir las viviendas a nombre de los herederos es pagar la plusvalía municipal. ¿Por qué? Porque uno de los supuestos en los que se debe abonar dicho impuesto es la adquisición por herencia, por lo que los herederos de Francesco deberán asumir el pago del impuesto.
  4. En el momento en que los herederos ya tengan las cuentas liquidadas, la plusvalía y el ISD pagados, tendrán que inscribir los bienes a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde radican las viviendas,  en el caso que hemos puesto como ejemplo, Valencia.
  1. Una vez inscritos los bienes en el Registro de la Propiedad, los herederos ya pueden decidir qué hacer con las viviendas: alquilar, vender, disfrutar los veranos en la costa levantina.

En definitiva, gestionar una herencia internacional requiere un tiempo y realizar una serie de gestiones que pueden resultar complejas, por lo que es recomendable solicitar la ayuda y el asesoramiento de un abogado experto en herencias internacionales que te ayude a cobrar rápido la herencia y ahorrar en el pago de los impuestos de la herencia.

Cuéntame tu visión:

  • ¿Qué experiencias has tenido con herencias internacionales?
  • ¿Tienes familiares fuera de España que puedan encontrarse con ese problema en el futuro?

Gracias por tu participación y no olvides compartir este post si te ha gustado 🙂

Si quieres saber más sobre herencias internacionales te invito a leer nuestros posts:

 

 

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