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Muchas parejas que se quieren divorciar no conocen la posibilidad del divorcio ante Notario. En este post te cuento en qué consiste, qué requisitos hay que cumplir y qué pasos se deben dar.

¿Puedo divorciarme sin acudir a los tribunales?

La modificación introducida en el Código Civil en el año 2015 cambió la redacción del artículo 87 que establece lo siguiente:

Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario, en la forma y con el contenido regulado en el artículo 82, debiendo concurrir los mismos requisitos y circunstancias exigidas en él. Los funcionarios diplomáticos o consulares, en ejercicio de las funciones notariales que tienen atribuidas, no podrán autorizar la escritura pública de divorcio.

Por lo tanto, sí es posible el divorcio ante Notario, aunque con matices, porque  no se puede utilizar en todos los casos.

La ventaja de poder acudir al Notario es que será un trámite mucho más rápido y barato que si se tiene que interponer una demanda de divorcio ante los tribunales.

¿Qué requisitos hay que cumplir para el divorcio ante Notario?

Para el divorcio ante Notario se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.
  • Que haya mutuo acuerdo entre los cónyuges.
  • Que no haya hijos menores de edad no emancipados.
  • Que, en el caso en que haya menores de edad emancipados, presten su consentimiento respecto a los acuerdos que les afecten
  • Que los cónyuges acudan personalmente ante el Notario.
  • Que asista un abogado que tendrá que firmar la escritura de divorcio.

El Notario competente para la elaboración de la escritura de divorcio será el que corresponda al último domicilio de la pareja o al domicilio habitual de cualquiera de los cónyuges.

¿Qué documentación es necesaria para el divorcio ante Notario?

Para poder tramitar un divorcio ante Notario es necesario aportar la siguiente documentación:

  • DNI de los cónyuges, de los hijos mayores de edad o menores emancipados y del abogado que firme la escritura.
  • Libro de familia para el caso de que se deba probar que no hay hijos menores.
  • Certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
  • Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad.
  • Certificado de empadronamiento de los cónyuges.
  • Copia del convenio regulador del divorcio.

¿Qué se debe incluir en el convenio regulador de divorcio?

El contenido del convenio regulador en el caso de divorcio ante Notario es muy parecido al supuesto de divorcio ante el Juez, salvo en lo relativo a los hijos. Los aspectos que se tendrán que contemplar son los siguientes:

  • Atribución del uso de la vivienda familiar y del ajuar.
  • Forma de contribuir a los gastos comunes.
  • En el caso de que se acuerde, se realizará la liquidación del régimen económico del matrimonio.
  • Si la situación económica de uno de los cónyuges empeora con el matrimonio se deberá regular una pensión compensatoria a su favor.

El Notario revisará los acuerdos alcanzados por las partes y si considera que algún acuerdo produce un perjuicio a uno de los cónyuges o a un hijo mayor de edad o menor emancipado, advertirá a los cónyuges.

En el caso de que te quieras divorciar y cumplas los requisitos que hemos visto, contacta conmigo para que realice los trámites para el divorcio ante Notario de mutuo acuerdo.

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