ENTRADA

Hoy en Capital Intereconomía en el Consultorio de Herencias, un espacio donde cada lunes los oyentes podrán realizar a Itziar Pernía Gómez, Socia Directora de Legal por Naturaleza sus dudas. Hoy hemos abordado cómo cada vez más gente está renunciando a la herencia.

Alguna de las razones para renunciar a la herencia pueden ser que existan muchas deudas o bien el pago del impuesto de sucesiones que puede hacer que no valga la pena. Para si las herencias que vamos a obtener tienen deudas, es fundamental pedir un certificado al Banco de España, si nuestras deudas están ya en proceso de liquidación ejecutiva, de embargo, ahí lo vamos a averiguar y pedir una declaración. La última declaración de IRPF de la persona fallecida también nos va a proporcionar información porque ahí van a venir todos los bienes que tenía esta persona.

Las deudas prescriben si no se ha iniciado un procedimiento. Si a la fecha del fallecimiento esa deuda era líquida y exigible, aunque haya prescrito formalmente, en el momento que yo acepté esa herencia la persona estaba viva, entonces sí nos la pueden reclamar.

Es cierto que siempre hay maneras de resolver, por ejemplo, se puede solicitar una autorización a la Administración cuando se este presentando un impuesto de sucesiones para que se cobren los impuestos contra bienes de la herencia. Esto quiere decir fondos de inversión, cuentas corrientes.

Existen alternativas para heredar una herencia sin deudas con el beneficio de inventario. Quiere decir que primero vamos a pagar con nuestro activo, que son los bienes, todo el pasivo, que son las deudas. Y lo que quede es lo que estoy heredando yo.

Puede escuchar el consultorio de herencias completo pinchando aquí.

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