Hoy voy a realizar un post para aclarar algunos puntos sobre cómo debes registrar una marca para empresas- ya sea persona física o jurídica-. Este post os servirá para entender…
¿Como protejo mi marca?
- Debo registrar el nombre de mi empresa – dominio- en internet, siempre a mi nombre. Consejo, ¡nunca a nombre de la empresa informática que hayáis contratado para este fin por mucha insistencia que tenga en registrarlo a su nombre!
- Debo registrar una marca para mi empresa, es decir: mi nombre de empresa y mi logo.
- Conviene registrar también la página web, para proteger los contenidos que publicas en ella y el diseño de la misma.
- Si consideras que tus productos son novedosos, no esperes a comprobarlo porque alguien se te puede adelantar. ¡Inscríbelos en el momento adecuado en Registro de Patentes! Este proceso será objeto de próximo post.
¿Por qué es importante hacerlo?
Cuando pensamos en nuestra actividad hay que hacerlo a futuro, porque todo será más fácil cuando la actividad vaya mejor y pensemos en ampliarla, consolidarla, internacionalizarla o incluso venderla.
¡Un caso basado en hechos reales!
[info]JUAN dio de alta una actividad empresarial con sus socios MARIO y ANTONIO como bodega de vinos y aceites en la zona sur del país, actuando bajo la marca comercial ARBEQUINA & GARNACHA.
Durante un año estuvo actuando bajo dicho nombre sin registrarlo, y cuan fue su sorpresa al recibir una notificación de sus socios que habían sido más avispados y habían registrado la marca. Y precisamente porque la marca “era suya”le pedían, por una parte, que dejara de utilizarla, ya que no era de su propiedad y por otra, una indemnización por el lucro cesante, es decir, beneficios que no habían percibido por la venta de vino y aceite del año anterior.[/info]
Existen otros supuestos de oposición a la marca( ejemplo: otra empresa que tiene una marca con palabra similar a la tuya, contenido gráfico,etc. se opone a que se registre una nueva marca que pueda dar lugar a confusión con la suya). Estos y otros motivos de oposición nos pueden dar algún que otro dolor de cabeza, que posponemos para mejor ocasión.
Tu marca, tu inversión
Aunque pensemos que a priori registrar una marca es un gasto que no nos podemos permitir cuando estamos arrancando la actividad, lo cierto es que es una inversión.
¿Por qué? si nuestro negocio va bien y a futuro nos queremos constituir en sociedad ya tenemos el nombre que podremos aportar, lo que nos supondrá un ahorro en el coste de constitución de la misma. Esto es, si registramos la marca cuando somos persona física a la hora de constituirnos en sociedad podremos valorar económicamente la misma y aportarla como bien a la constitución de la misma.
EJEMPLO:
MARIO y ANTONIO registraron la marca ARBEQUINA & GARNACHA cuando eran personas físicas. Como su negocio iba muy bien, decidieron constituirse en sociedad ARBEQUINA & GARNACHA, S.L. asignándole un valor de 2.000€ a su marca, que aportaron como bien en la constitución del capital social de la misma.
Además tanto nuestros clientes como el mercado en general, nos asociarán con nuestra Marca comercial, lo que dará un plus a nuestra empresa, en definitiva, mayor valor económicamente hablando.
Registrar una marca, es proteger una marca
Ademas si nuestro producto o servicio funciona en el mercado, nadie podrá plagiarlo ya que nosotros fuimos los primeros en protegerlo. En este sentido, resulta aconsejable patentar los productos que ofrecemos para que se protejan conjuntamente con nuestra marca. Sin embargo, es un proceso más largo y costoso que el registro de marca y en el que debes estar asesorado por un abogado de patentes.
¿Cómo lo registro?
Registro del Dominio
Podrás hacerlo en cualquier proveedor de Internet, por ejemplo Godaddy.
Es importante que si lo gestionas a través de una empresa informática, esta te asegure por contrato que el dominio estará a tu nombre (si no, jugaran con eso en tu contra, ¡lo digo por experiencia!)
Registro de una Marca (nombre y logo)
¿Registrar una marca comercial o un nombre comercial? Te recomiendo marca comercial, porque se puede extender al mercado comunitario e internacional, mientras que el nombre comercial solamente se puede proteger en nuestro país. Luego, si decides salir a otro país, tendrás que registrar nuevamente el nombre comercial.
De igual modo, la marca comercial es un factor determinante para los acuerdos de franquicia.
¿Donde se registra? En OEPM, la oficina española de patentes y marcas, en Madrid.
¿Como se protege? Una marca comercial se protege durante diez años, prorrogándose por períodos iguales de tiempo. Se registra y protege por clases, una principal y cuantas otras se adecúen a nuestra actividad como secundarias.
¿Cuanto es el plazo concesión de la marca? aunque recibirás en plazo de seis meses noticias sobre la solicitud de registro de la marca, no será hasta 12 o 18 meses después cuando llegue la resolución oficial de inscripción en el Registro OEPM.
Registro de la Web
Es recomendable que registres la propiedad intelectual y derechos de autor de los textos, imágenes,etc.
¿Donde se registra? al ser un registro territorial, se debe inscribir en el Registro que por Comunidad Autónoma te corresponda.
¿Plazo concesión? parecido al del registro de la marca.
¿Es obligatorio? no, es voluntario. Sin embargo, es aconsejable registrarlo para evitar la piratería, intrusismo en la actividad empresarial que realices,etc.
Patentes de Productos
En este caso, el proceso es más largo y costoso que para registrar la marca.
Hay que tener varios factores en cuenta, tales como momento adecuado para solicitarlo en función de la aceptación del producto en el mercado, realizar informes de búsqueda, ámbito en el que queremos registrar la patente-nacional,europeo,etc.-
Conviene estar asesorado por un abogado de patentes, ya que abordar por nosotros mismos llevar un expediente de patente puede tener consecuencias nefastas tanto económicas como legales.
Y ahora me gustaría saber, ¿ has tenido alguna buena o mala experiencia con el registro de una marca y por qué?
Y como compartir es de sabios, ¡Si te ha gustado este post, compártelo !
Itziar, buenísimo el post. Muy interesante todo. Yo de momento solo registro mis libros, pero estoy planteandome todo lo que comentas de la marca comercial, cursos, etc. Una cuestión que me intriga siempre es como valorar la marca, yo siempre pienso que con mi marca, es como tener un piso guardado para vender en tu jubilación. Un activo para el futuro, ademas de una forma de proteger tu presente.
Lo comparto ahora mismo¡¡¡¡
Gracias Julián, me alegro que además de interesante resulte útil y haga replantear al lector ciertos aspectos de su negocio que a futuro le beneficiarán. Yo siempre recomiendo proteger todo lo que hacemos bien, en esta ocasión el lema sería «más es mejor». Muy bueno el símil de tu marca con el piso para la jubilación, pues algo parecido hay que hacer para valorar la marca. Anoto la idea para próximo post!
¿Y en el caso contrario del «hecho real», si la persona que abandona el barco sea el que haya registrado la marca? Me parece una situación mucho más delicada, ya que está dejando a sus antiguos socios con el culo al aire en el ejercicio de su profesión.
Un artículo muy completo, enhorabuena.
No creo que ese sea el enfoque, aunque cierto que se trata de una situación delicada por tu comentario entiendo que el socio que ha registrado la marca a priori ha pensado en el bien del negocio común. Luego si ha habido discrepancias entre los socios ya estaríamos hablando de otro supuesto de compraventa de acciones si sóis sociedad, actividades empresariales, etc… que dista muy mucho de la situación que planteábamos en esta ocasión.
De todas maneras, la idea subyacente me parece interesante para que sea objeto de otro u otros post en relación de articular las relaciones mercantiles entre socios.
Gracias Xeirok
Enhorabuena por el post. La verdad es que para mi ha sido muy aclaratorio ya que pensaba que una vez que registrabas la empresa en el Registro Mercantil, tu nombre e imagen corporativa quedaba «protegida» ante posibles usos por terceros. La duda que planteo, en este sentido es la siguiente; si una persona física decide registrar una marca comercial, su dominio, etc. pero aún no le compensa ser sociedad, ¿cómo puede proteger esa denominación social a futuro?, ¿hay posibilidad de guardar el nombre en el Registro Mercantil durante un tiempo?.
Gracias y un saludo.
Muy interesante, pero en el caso de ser autónomo y utilizar un nombre comercial con una palabra genérica según tengo entendido es bastante complicado que te lo acepten. esta es la respuesta que me transmitió una empresa de patentes y marcas.
Efectivamente Luis, existen distintos registros al servicio de las empresas tales como Registro Mercantil, OEPM y que no tienen la misma finalidad. En el caso que planteas, sería interesante que la persona física en cuestión registrara su marca comercial y en paralelo reservara el nombre para la constitución de su sociedad. Si está libre el Registro Mercantil territorial le concederá plazo máximo de seis meses para realizar los trámites de constitución de sociedad, en caso contrario una vez caducado el plazo se dará de baja la misma.
Luego mi recomendación es solicitar la reserva temporal del nombre, si estamos convencidos en constituir nuestra sociedad en un espacio corto de tiempo.
Francesc, todos los nombres comerciales aunque genéricos deben tener alguna seña de identidad de tu empresa, actividad, know-how, etc. Si es demasiado genérico y se puede confundir con otras marcas ya registradas probablemente no lo aceptarán. Sin embargo, no recomiendo ejercer una actividad empresarial con un nombre comercial sin registrar porque corres el riesgo que todo tu esfuerzo a futuro se confunda con otro empresario que lo haya registrado y por similitud el mercado lo confunda contigo.
Luego, mi consejo es que por muy genérico que sea tu nombre comercial te animes a convertirlo en único para hacerlo tuyo. A futuro habrá merecido la pena.
Si necesitas ayuda, consúltanos!
Un saludo y gracias
Bom Página. Graças Muitas Graças. http://straussdenton1.iktogo.com/post/o-mais-adequado-caminho-com-o-objetivo-de-ceder-com-microssaia-blogs-
Gracias a ti por seguirme, me alegro que haya sido útil para resolver dudas sobre este tema.
saludos