Consejos para hacer una herencia con hijos peleados
Hoy os traigo el caso de los Srs. Gonzalez, quienes tenían dos hijos Juan y Lara que ya desde pequeños peleaban continuamente.
La mayor preocupación del matrimonio, visto los casos de familiares cercanos, era que una vez llegara el momento en que ellos faltasen la relación entre sus hijos se deteriorara por el reparto de la herencia.
Así que, el matrimonio estudió con el abogado de familia cuáles eran las mejores opciones para repartir los bienes de una manera equitativa y sin lugar a discusión.
Al estudiar el asunto de la herencia con hijos peleados, el abogado presentó distintas soluciones a varias hipótesis. Te las detallo a continuación:
#1. Si crees que al menos uno de tus hijos puede pedirle al progenitor que sobreviva su parte de la herencia
Si fallece uno de los progenitores antes que el otro y, por ejemplo, su hijo Juan pide su parte correspondiente de la herencia al progenitor que sobrevive.
Para ese caso se establece el reparto, según indica la ley en materia de herencias, dejando a Juan solamente lo mínimo que nos permite la legalidad y a Lara todo lo demás.
Esto se traduce en que estaría castigando a Juan por pedir cobrar toda su herencia antes del momento que le correspondería, que sería cuando los dos padres hubieran fallecido.
Luego cuando fallezca el progenitor que ha sobrevivido (también llamado supérstite) no cobraría nada más en concepto de herencia y su parte sería para su hermana Lara.
#2. Si crees que tus hijos no van a poner problema al padre que sobreviva
Deja recogida tus últimas voluntades en el testamento según el supuesto general. Sin embargo, si tienes un patrimonio interesante nombra un albacea para que reparta los bienes según tus disposiciones y que “la sangre no llegue al río”.
Otra posibilidad por parte de los Sres. Gonzalez es establecer el reparto de la herencia a partes iguales entre sus hijos y una parte para el cónyuge que sobrevive.
Los hijos pasan a ser propietarios del 50% de herencia (bienes) que ahora les corresponde y el padre/madre que sobrevive ya no es propietario pero sí usufructuario, es decir que los puede usar y disfrutar mientras viva.
Luego si quieren vender, comprar, etc. el padre/madre tendrá que contar con la autorización de sus hijos.
En cuanto al dinero, les pertenecería en su parte correspondiente al momento del fallecimiento.
Una vez fallezca el segundo progenitor:
Pasarán a ser propietarios de pleno derecho de los bienes del primer progenitor y del segundo. Esto es, ya pueden hacer con los bienes lo que consideren, vender, alquilar, etc.
#3. Si los progenitores prevén que puede haber disputas entre los herederos
Se puede recoger la figura del albacea o «contador partidor”.
¿Qué es? Se trata de una persona ajena a la familia (por ejemplo: el mejor amigo del padre) que repartirá los bienes según las últimas voluntades recogidas en el testamento de los padres con las particularidades que ellos hayan indicado.
Si no se ponen de acuerdo, también intentará mediar entre los herederos para que lo alcancen a fin de repartir la herencia.
[Tweet «Para evitar disputas entre los herederos los progenitores pueden nombrar a un albacea»]
#4. Reparto nominativo
Si tus hijos se llevan tan sumamente mal que cuando llegue el momento del reparto van a entrar en guerra y/o tienes especial interés porque cada uno de ellos disfrute de alguno de tus bienes, te propongo la siguiente posibilidad:
Hacer un reparto nominativo de los bienes para cada uno de los hijos, respetando al menos lo mínimo que se le puede dejar a un hijo según indica la ley en este sentido.
Esto quiere decir que si tienes: dos viviendas, dinero, un seguro de vida, joyas, pieles, obras de arte por valor de 1.000.000€… al menos a Juan le tienes que dar 333.333,00€ (lo mínimo que indica la ley de sucesiones en cuanto a padre y madre).
Las deudas
Hay que tener en cuenta que las deudas también computan en el total de la herencia (bienes y deudas) a la hora del reparto en la parte proporcional que le toque.
Si cuantificamos los bienes, los Sres. González tendrán que hacer lotes para cada uno de sus hijos por el importe que le corresponda a cada uno 333.333,00€ para Juan y 666.666,00€ para Lara.
Los casos en las herencias pueden ser muy diversos y amplios, por lo que los anteriores pueden ser todo lo fácil o difícil que los herederos puedan plantear en el momento del reparto.
¿Cuál es tu caso?
Comparte este post si crees que le puede servir de ayudar a algún amigo o familiar.
Hola,mis padres tenían un piso en bienes gananciales,mi padre falto hace 11 años y el piso ha estado parado pagando todos los gastos mi madre.por problemas de salud ha ingresado en una residencia y se ha gastado un dinero en reformarlo para alquilarlo,no se ha hecho declaración de herederos todavía,las escrituras sigue a nombre de mi padre y mi madre,¿si lo alquila mi madre ,para afrontar el pago de la residencia,los demás hermanos pueden pedir su parte correspondiente del alquiler o por no haber hecho la declaración de herederos el importe del alquiler seria para mi madre? el contrato se ha hecho en nombre de mi madre.
También tenia un plazo fijo y dinero en su cuenta solo a su nombre(mi madre) en el momento de fallecer mi padre,¿pueden reclamar mis hermanos ese dinero que estaba a su nombre como herencia de mi padre?
Muchisimas gracias por tu respuesta.
Hola Tony,
Efectivamente si no hay declaración de herederos, los hermanos pueden pedir parte del alquiler .En cuanto al dinero a plazo fijo es de tu madre y no entraría en la masa hereditaria a repartir de tu padre fallecido.
Espero haberte ayudado,saludos.
Hola,muchas gracias por contestar,pero ¿que pasa con el usufructo que le pertenece a mi madre?
gracias nuevamente y un saludo.