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La transmisión de bienes de padres a hijos suele ser un tema que suscita muchas dudas y una de las más frecuentes es la que se refiere a si es mejor donar o heredar. En este post analizamos la cuestión tanto desde un punto de vista fiscal como legal, para que puedas decidir si te encuentras en este caso.

¿Donar o heredar?

Durante mucho tiempo se tendía a no tocar el patrimonio de los padres de manera que los hijos solo accedían a él a través de la herencia. Actualmente, existen otros factores que se consideran como la esperanza de vida de los padres, las dificultades económicas de los hijos o la necesidad de mantener numerosos inmuebles hasta el fallecimiento. Como consecuencia de todo lo anterior, cada año se producen más donaciones en vida. Por lo tanto, debemos ver con detenimiento los aspectos más relevantes a considerar:

  • Donar o heredar desde un punto de vista fiscal:
    • En una donación se aplica la ley de la residencia habitual de donatario (quien recibe la donación), salvo que se trate de un bien inmueble, en cuyo caso se aplica la ley del lugar en el que se encuentra el inmueble. En una herencia se aplica la ley de la comunidad autónoma donde haya residido el fallecido durante los últimos cinco años.
    • Cada comunidad autónoma tiene una normativa y regula una serie de bonificaciones en función del parentesco entre el fallecido y los herederos o entre el donante y el donatario.
    • Tanto en el caso de una herencia como en el de una donación se deberá declarar, además del impuesto de sucesiones y donaciones, la Plusvalía Municipal si se reciben inmuebles.
    • En las donaciones se deberá tributar, además, por la ganancia patrimonial obtenida en el IRPF por parte del donante.
  • Donar o heredar desde un punto de vista legal. Además de los aspectos tributarios, se deben considerar una serie de aspectos legales que son los siguientes:
    • En el caso en que la donación se considere que perjudica la legítima de otros herederos, se procederá a realizar la colación de la donación, es decir que se tendrá en cuenta a la hora de repartir la herencia para descontar dicha donación de la legítima del hijo que la haya recibido, salvo que la donación no sea colecionable.
    • Tanto para realizar la donación como para tramitar la herencia será necesaria la intervención de un Notario que elabore y firme la correspondiente escritura, lo que supone un gasto, al que habría que añadir los honorarios del Registrador de la Propiedad en el caso de que se trate de un bien inmueble.

Tal y como has visto es necesario analizar cada caso concreto para ver si es mejor donar o heredar y para regular el tema de manera que se ahorren impuestos y no se perjudique a los hijos ni a los padres. Para ello es recomendable acudir a un abogado experto en herencias que estudie tu caso y te indique la mejor forma de actuar.

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