Puede ocurrir que abras un negocio y debido a una serie de circunstancias y tras haber luchado mucho te veas obligado a cerrar. El cese de actividad da lugar a poder cobrar el paro de los autónomos. Te contamos en qué consiste y qué requisitos debes cumplir.
Los trabajadores por cuenta ajena que perdían su empleo solían tener derecho a paro pero no los autónomos, sin embargo, hace unos años surgió el paro de los autónomos o prestación por cese de actividad.
¿Qué es el paro de los autónomos?
Cuando se cesa una actividad se produce una falta de ingresos y el objetivo del paro de los autónomos es cubrir esa falta de ingresos para que el trabajador autónomo pueda subsistir. La prestación por el cese de actividad supone, además de la cantidad de dinero que se perciba mensualmente, una serie de acciones formativas destinadas a que la persona se reinserte de nuevo en la actividad laboral.
El cese de actividad debe ser consecuencia de alguna de las siguientes circunstancias:
- Motivos económicos, técnicos, productivos y organizativos que supongan que sea imposible continuar con la actividad.
- Por fuerza mayor.
- Por pérdida de licencia administrativa.
- Por violencia de género.
- Por un divorcio o separación.
¿Qué requisitos debes cumplir para cobrar la prestación por el cese de actividad?
Para poder cobrar el paro los autónomos deberán cumplir una serie de requisitos que son los siguientes:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Estar al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social.
- Haber cotizado al menos 48 meses, 12 meses de forma continuada.
- Encontrarse en situación legal de cese de actividad.
- Suscribir un compromiso de actividad.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
- Acreditar que estás dispuesto a reincorporarte al mercado de trabajo y hacer cursos, recibir orientación profesional y formación en actividad emprendedora.
Se debe solicitar el paro en las oficinas de la Seguridad Social en el plazo máximo de un mes desde el cese de la actividad.
¿Cuánto se cobra de paro por los autónomos?
Por lo general, la cantidad que se cobra es baja puesto que muchos autónomos cotizan por la base mínima. Para calcular cuánto cobrarías tendrás que calcular la media de la base de cotización que hayas tenido durante los últimos 12 meses, que aparecerá en tus recibos de la cuota de autónomos, y aplicarle un 70%. Sin embargo, esa cantidad podrá variar en función de tus circunstancias personales (si tienes hijos o no, por ejemplo) y podrá ser del 80% – 225% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Por ejemplo, el IPREM mensual para 2018 es de 537,84 euros. Para poder calcularlo puedes acceder a esta calculadora online.
Por ejemplo, si has cotizado por la base mínima de 919,80 euros y le añadiste la cotización por el cese de actividad, y contingencias profesionales, percibirás 666,38 euros de paro al mes.
¿Durante cuánto tiempo se cobra el paro?
El tiempo durante el cual podrás percibir el paro dependerá del tiempo que hayas cotizado a la Seguridad Social. En cualquier caso, recuerda que debes haber cotizado durante 12 de forma continuada.
Los meses de duración de la prestación en función de los meses de cotización son los siguientes:
- De 12 a 17 meses cotizados: 2 meses.
- De 18 a 23: 3 meses.
- De 24 a 29: 4 meses.
- De 30 a 35: 5 meses.
- De 36 a 34: 6 meses.
- De 43 a 47: 8 meses.
- De 48 o más: 12 meses.
La prestación por el cese de actividad la empezarás a recibir dos meses después del cese de la actividad, por lo que si cesaste en marzo, la recibirás en mayo.
Si tienes alguna duda sobre las gestiones a realizar para cobrar el paro, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para que te ayudemos.
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