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Si vas a iniciar una actividad empresarial, tendrás que elegir la forma jurídica que deseas utilizar y seguir una serie de pasos para cumplir con la Ley y uno de ellos es darte de alta en Hacienda. En este post te cuento cómo hacerlo correctamente y por qué y cuándo es necesario darse de alta para que no cometas errores.

Cumplir con la ley te ayudará a no tener problemas con Hacienda, la Seguridad Social u otros organismos, como inspecciones, sanciones y requerimientos, entre otros.

¿Por qué debes darte de alta en Hacienda?

Darte de alta en Hacienda te permitirá estar censado y encuadrado en el régimen fiscal que te corresponda, según la actividad que realices en el tráfico mercantil.

Es un paso obligatorio para autónomos y empresas pues como dice la página de la Agencia Tributaria:

Quienes vayan a realizar actividades u operaciones empresariales o profesionales o abonen rendimientos sujetos a retención deben solicitar, antes del inicio, su inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Este censo forma parte del Censo de Obligados Tributarios.

En base a la regulación aplicable, formarán parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español:

  • Actividades empresariales o profesionales. Son aquellas cuya realización confiera la condición de empresario o profesional, incluidas las agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras.
  • Abono de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta. 
  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido efectuadas por quienes no actúen como empresarios o profesionales.
  • Las personas o entidades no residentes en España que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.
  • Las personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido quedarán integradas en este censo cuando sean sujetos pasivos de dicho impuesto.
  • También deberán inscribirse en el censo las personas o entidades que no cumplan ninguno de los requisitos anteriores, pero sean socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades empresariales o profesionales y tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades.

¿Cuándo debes darte de alta en Hacienda?

Desde un punto de vista técnico, el alta en Hacienda debe producirse en el momento de inicio de la actividad empresarial, es decir, aunque no estés obteniendo beneficios económicos con tu empresa, deberías estar dado de alta. Además, de esa manera podrás declarar los gastos que estés teniendo, que al iniciar una actividad suelen ser numerosos: Notario, alquiler de oficina, ordenadores, honorarios de asesores y abogados etc.

El alta en Hacienda es obligatoria, tal y como hemos visto, para todos los empresarios, ya sea actividad profesional o empresarial.

¿Qué riesgos supone no darse de alta en Hacienda?

Si ejerces una actividad sin estar dado de alta en Hacienda, no podrás facturar, no podrás deducirte gastos, en definitiva, estarás «trabajando en B» (en negro).

En el caso en que estés en esa situación, te arriesgas a:

  • Ser inspeccionado por la Agencia Tributarias y/o Seguridad Social, con la posibilidad de que te impongan una sanción.
  • Que la Agencia Tributaria y/o la Seguridad Social procedan a la regularización de oficio de tu situación. Esto significa que la propia Administración te dará de alta en la actividad que te corresponda con carácter retroactivo y te obligará a pagar los impuestos que no hayas presentado en plazo, más la sanción y recargos correspondientes.
  • Que la Seguridad Social te dé de alta en el régimen de autónomos desde la fecha de inicio de actividad, reclamando las cuotas de Seguridad Social impagadas más su correspondiente sanción y recargos por abonos fuera de plazo.

 ¿Cómo debes darte de alta para hacerlo correctamente?

Una vez que decidas la actividad empresarial a la que te vas a dedicar, deberás rellenar el Modelo 036 o 037 para darte de alta en Hacienda. El Modelo 037, que es una versión simplificada del 036, se utiliza en determinados casos en los que no se trata de una gran empresa, no se actúa mediante representante, el domicilio fiscal sea el mismo que el de la gestión administrativa y no se esté incluido en regímenes fiscales especiales de IVA (salvo algunas excepciones), entre otros.

En los Modelos se tendrán que incluir los siguientes datos:

  • Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas que corresponde a tu actividad.
  • Declaraciones o autoliquidaciones que estés obligado a presentar periódicamente.
  • Situación tributaria, es decir, deberás especificar si se te aplica alguna especialidad respecto a la tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sociedades (IS) o Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): inclusión en el registro de grandes empresas, devolución mensual etc.
  • Datos de contacto. En el alta deberás especificar tu teléfono, dirección de correo electrónico y página web

La presentación del Modelo 036 o 037 se debe realizar mediante certificado electrónico en el caso de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, entre otros supuestos. En el caso en que se trate de una persona física, en determinados casos, la presentación se podrá hacer mediante cl@ve PIN.

En algunos supuestos cabe la posibilidad de presentar el Modelo 036 o 037 presencialmente en la Delegación de la Agencia Tributaria que corresponda al domicilio fiscal de la persona o entidad que se da de alta. Para realizar el trámite se tendrá que solicitar cita previa.

Instrucciones para rellenar el Modelo 036 o 037

Los apartados que tendrás que rellenar para cumplimentar el Modelo 036 y 037 y darte de alta en Hacienda, son los siguientes:

  • Causa de presentación de la declaración, puede ser el alta, la modificación o la baja en el censo.
  • Lugar fecha y firma. El Modelo deberá firmarse por el titular o su presentante y se tendrá que indicar lugar y fecha.
  • Identificación del titular: se tendrán que incluir los datos de residencia, nacionalidad, NIF etc. En el caso de las personas jurídicas se incluirán datos como el NIF, el domicilio, la forma de la sociedad y la denominación social. En ambos casos se detallará los teléfonos y direcciones de contacto para recibir comunicaciones de Hacienda.
  • Declaración de actividades. En este apartado tendrás que incluir el código que corresponda a la actividad que vas a realizar.
  • Datos sobre impuestos. Existen una serie de casillas que deberás rellenar en función del régimen tributario que se te aplique.

En el caso en que quieras ampliar la información sobre la cumplimentación del Modelo 036 o 037, podrás hacerlo en este enlace.

Es importante consignar la información correcta sobre la actividad a desarrollar, ya que una equivocación en el epígrafe te puede llevar a encuadrarte  en un régimen de IVA o IRPF erróneo, lo que a futuro supondrá inspecciones de la Agencia Tributaria. Para elegir el epígrafe correcto consulta este enlace.

 ¿Qué coste supone darse de alta en Hacienda?

El trámite de alta en Hacienda no tiene ningún coste por sí mismo, pero si tienes dudas respecto a la actividad o en relación a la estrategia fiscal a seguir, te recomiendo que lo analices todo primero con un asesor fiscal.

Con la consulta te asegurarás no llevarte sustos con Hacienda por un error debido al desconocimiento y, además, es probable que conozcas ciertas estrategias que te harán ahorrarte dinero en el futuro a nivel cuotas, bonificaciones etc.

 ¿Qué viene después de darse de alta en Hacienda?

Darse de alta en Hacienda es el primer paso para legalizar la actividad. A continuación, tendrás que darte de alta en la Seguridad Social ya que va ligado  al alta en Hacienda. De hecho, hay que gestionar con carácter simultáneo el alta de la actividad y de su titular en ambos organismos.

¿Y tú, te has dado de alta en Hacienda ya? ¿Tienes dudas al respecto? Cuéntamelas y así podré orientarte.  🙂 

 

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