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Que los españoles emigremos a otros países fuera de España no es algo nuevo que se haya puesto ahora de moda. Seguro que alguna persona de las que me están leyendo en este momento tiene familia en el extranjero, sus abuelos o sus padres tuvieron que emigrar en el pasado por algún motivo. La verdad que la mezcla entre países y la interculturalidad están muy bien para el desarrollo personal, pero si terminas montando tu vida en otro país y convirtiéndolo en tu residencia habitual, deberías tener en cuenta algunos aspectos, especialmente si adquieres bienes e inmuebles en el mismo. Hoy quiero hablarte de la importancia que tiene incluir en el testamento todas las pertenencias que tengas fuera de España.

¿Qué dice el Código Civil sobre la redacción de un testamento fuera de España?

Muchas personas, cuando se mudan al extranjero, van con la idea de quedarse allí por unos meses. En algunos casos, la vida les sorprende y terminan instalándose de forma permanente en ese nuevo país. Conseguir el trabajo de sus sueños, conocer al amor de su vida, tener hijos, muchos son los motivos que hacen que una persona decida quedarse en el destino temporal convirtiéndolo en definitivo. Y, ¿qué pasa cuando conviertes un nuevo país en tu residencia habitual? Pues que es muy común que empieces a adquirir bienes e inmuebles, que, en un futuro, formarán parte de tu herencia.

Lo mejor es que si vives fuera de España, tal como indicaba en este artículo y como recoge el Código Civil en su artículo 732, puedes otorgar tu testamento desde tu país de residencia habitual:

Los españoles podrán testar fuera del territorio nacional sujetándose a las formas establecidas por las leyes del país en que se hallen. 

También podrán testar en alta mar durante su navegación en un buque extranjero, con sujeción a las leyes de la Nación a que el buque pertenezca. 

Podrán asimismo hacer testamento ológrafo, con arreglo al art. 688, aun en los países cuyas leyes no admitan dicho testamento.

Artículo 732 del Código Civil 

Con independencia del país donde redactes tu testamento, es vital que en él incluyas todos los bienes e inmuebles que tengas repartidos en cualquier parte del mundo. Porque si es importante dejar por escrito este reparto con tus bienes de España, más lo es aún si tienes pertenencias repartidas en otros países. Créeme que tus futuros herederos te lo agradecerán.

Me gustaría añadir también que a todos los bienes que estén recogidos dentro de un testamento, sin importar en qué país se encuentren localizados, se les aplicará la misma legislación sucesoria que regirá en su momento la disposición legal de los bienes en favor de los herederos. Lo ideal es que sea el propio testador quien deje por escrito bajo qué legislación quiere que sus bienes sean tratados, más que nada para evitar quebraderos de cabeza entre los herederos. Si el fallecido no ha dejado nada por escrito, entonces se aplicará la ley correspondiente al país en el que el difunto haya tenido su residencia habitual en el momento de fallecer. En cuanto a los impuestos a pagar en una herencia internacional, que es otro caballo de batalla importante, lee este artículo en el que  te hablé de la tributación internacional en detalle .

El Certificado Sucesorio Europeo, indispensable para recibir una herencia con bienes en diferentes países

Para terminar el artículo de hoy, me gustaría centrarme en la otra parte implicada en el reparto de una herencia con bienes internacionales, en los herederos ya que, por mi experiencia en el despacho, suele resultarles bastante abrumador tanta información de diferentes países sobre un mismo asunto y su casuística a cumplir.

Si cuentas con el apoyo legal necesario, como el que puedo ofrecerte como abogada especialista en herencias internacionales, no tendrás que preocuparte por nada. Lo primero que haremos será solicitar el Certificado Sucesorio Europeo, un certificado que nos ahorrará muchísimas gestiones y que, no sé muy bien por qué, muchas personas no están al tanto de su existencia.

Este Certificado Sucesorio Europeo surgió con la entrada en vigor del Reglamento 650/2012 del 4 de julio de 2012, el conocido Reglamento Europeo para las Sucesiones Internacionales gracias al cual los testadores europeos podrán elegir la ley que deseen que se aplique a su futura sucesión. Este Testamento incluye, además, el Certificado Sucesorio Europeo, cuyo objetivo es permitirle a los herederos internacionales su reconocimiento en otros países y la posibilidad de ejercer sus derechos sin obstáculos. Este Certificado Sucesorio Europeo tendrá validez ante cualquier Tribunal o Autoridad de los estados miembros de la Unión Europea, a excepción de Dinamarca e Irlanda.

En definitiva, no importa en qué parte del mundo la persona fallecida (causante) tenga bienes e inmuebles, en qué país haya fallecido, si en España o en el extranjero, es necesario incluir todos los bienes bajo un mismo testamento.

Como última recomendación, hay tantos matices a la hora de repartir una herencia con bienes e inmuebles en diferentes países que lo mejor que puedes hacer es contar con ayuda legal a la hora de redactar tu testamento. Recuerda que soy abogada experta en herencias internacionales y que estoy aquí para ayudarte.

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