ENTRADA

Tras el fallecimiento de un familiar y el duelo que ello conlleva, toca el momento de formalizar el inventario de bienes y adjudicar la herencia. Habitualmente en mi despacho me encuentro con situaciones parecidas a la que hoy vengo a contarte, para darte tips que te ayuden y faciliten el procedimiento sucesorio sin sobresaltos.

Si importante resulta que el fallecido en su momento “testador”, dejara recogida sus últimas voluntades en el testamento también lo es conocer los bienes a incluir en el inventario, a efectos de calcular tanto porcentajes como números que le corresponde a cada heredero. Los porcentajes se determinan en la última voluntad recogida en el testamento.

El procedimiento de adjudicación y reparto de la herencia es un proceso laborioso, que puede darnos sorpresas si no conocemos todos los bienes del difunto. Ahí se incluyen los productos financieros, cuentas corrientes, seguros de vida o decesos, planes de pensiones y un largo etcétera, debiendo tener en cuenta la casuística de cada uno a efectos fiscales.

«El procedimiento de adjudicación y reparto de la herencia es un proceso laborioso, que puede darnos sorpresas si no conocemos todos los bienes del difunto».

Pasos a seguir:

El primer paso es obtener las posiciones bancarias a fecha de fallecimiento para conocer los saldos que irán al inventario de bienes. Si tenemos fondos de inversión, cuenta de valores etc. También tendrán que darnos los saldos y numero de valores, acciones, etc.

En cuanto a seguros de vida, por ejemplo es importante conocer quién es el beneficiario del mismo, para no incluirlo en el inventario de bienes ya que corresponde solo a una persona pero sí en su impuesto de sucesiones. O el plan de pensiones que es el beneficiario quien decide cobrarlo, mediante alguna de las modalidades que le de la compañía pero no se incluye en el impuesto de sucesiones sino en IRPF.

Si no conocemos la existencia de productos bancarios,  siempre podemos solicitar copia de la última renta realizada por el fallecido en el año anterior a la Administración (AEAT) para que nos facilite la información.

Una vez formalizada la herencia y presentado el impuesto de sucesiones, aperturaremos la testamentaría con cada uno de los bancos que el causante tuviera relación comercial para que se desbloqueen las cuentas y se pueda proceder al reparto entre los herederos según su parte alícuota.

Por otra parte, los documentos necesarios entregar para la apertura de la testamentaría en el banco, gestora de fondos, etc. Son los siguientes:

A. Copia autorizada del testamento

B. Certificado de defunción

C. Certificado de Últimas Voluntades

D. Algún documento, como el acta notarial de la declaración de herederos, que acredite que la persona que reclama el dinero es heredero legal

E. DNI de los herederos

F. Escritura de aceptación de la herencia

G. Liquidación del Impuesto de Sucesiones

Una vez entregado todo y habiendo formalizado el procedimiento de la reclamación de fondos tal como lo solicitó el banco, se debe tener paciencia porque el dinero de la herencia no estará disponible de la noche a la mañana, se puede demorar un tiempo ya que el banco dispone de entre 15 días y un mes para bastantear la documentación y proceder en el mes siguiente a la liquidación y cancelación de cuentas bancarias si es el deseo de los herederos.

A tener en cuenta que sobre todo en lo que se refiere a inversiones financieras, los herederos pueden continuar con las posiciones bancarias que tenía el causante si lo consideran de interés. En la declaración de renta del siguiente ejercicio incorporarán a su patrimonio mobiliario los bienes adquiridos por herencia tales como acciones, valores, etc.

Según las indicaciones que te he dado, el proceso sucesorio en cuanto a la adjudicación y cobro de metálico y posiciones financieras es lento y minucioso por los documentos, el conocimiento de las posiciones bancarias, la formalización en la herencia y la decisión sobre lo que conviene o no mantener.

A tener en cuenta que estos bienes recibidos en herencia nos puede dar la llave para invertir en patrimonio con su rentabilidad.

«A tener en cuenta que sobre todo en lo que se refiere a inversiones financieras, los herederos pueden continuar con las posiciones bancarias que tenía el causante si lo consideran de interés».

Puedes contar con mi ayuda profesional especializada en herencias desde hace años, para acelerar y simplificar el proceso sucesorio además de asegurarte recibir los fondos de manera segura.

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