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Las parejas que no se casan son muy habituales actualmente. En estos casos una de las dudas que suelen surgir es si una pareja de hecho tiene los mismos derechos sucesorios que una pareja unida en matrimonio. En este post quiero aclararte esta duda.

¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho es una unión estable y de convivencia duradera entre dos personas que no han contraído matrimonio. Para que sea oficialmente reconocida, la pareja de hecho debe de estar inscrita en el Registro de Parejas de Hecho.

¿Qué derechos tiene sobre la herencia una pareja de hecho?

El derecho civil, a nivel estatal, no regula la situación de las parejas de hecho por lo que es necesario acudir a la interpretación de la jurisprudencia y a la normativa particular de cada Comunidad Autónoma para conocer los derechos de una pareja de hecho en caso de sucesión.

Hay Comunidades Autónomas que equiparan a la pareja de hecho con el cónyuge viudo, otras que reconocen varios derechos a la persona que sobrevive y otras que no tienen regulación al respecto. Pongo algunos ejemplos:

  • País Vasco. En el País Vasco se equipara al cónyuge supérstite con la pareja de hecho, siempre y cuando la pareja de hecho esté inscrita en el Registro correspondiente. En este caso la pareja de hecho tiene derecho a:
    • Usufructo de la mitad de los bienes de la herencia si concurre con los descendientes.
    • Si no hay descendientes tendrá derecho al usufructo de dos tercios de la herencia.
    • La habitación en la vivienda de la pareja de hecho hasta que no haga vida marital o conviva con otra pareja.
  • Cataluña. El conviviente tiene derecho al ajuar, a la residencia y a la llamada cuarta viudal que supone una carta parte de la herencia, en el caso en que no tenga bienes para su sustento.
  • Baleares. El sobreviviente tiene derecho a la ropa, el mobiliario y el ajuar de la vivienda común.
  • Madrid, Canarias, Castilla – La Mancha, Castilla y León, Asturias. Estas son algunas de las Comunidades Autónomas en las que no hay una regulación específica de las parejas de hecho.

 

¿Cómo proteger a tu pareja de hecho en caso de que fallezcas?

La única forma de proteger a tu pareja de hecho en caso de fallecimiento es que otorgues testamento, incluso en aquellos casos en que se aplique la normativa de una Comunidad Autónoma que haya regulado los derechos sucesorios de la pareja de hecho.

En el testamento tendrás que respetar siempre las legítimas de los herederos forzosos establecidas por ley.

Para estudiar el asunto y actuar de manera que se protejan los derechos de la pareja de hecho es fundamental consultar con un abogado especialista en herencias que te oriente sobre cómo hacer testamento y dejar en herencia a tu pareja de hecho lo que consideres oportuno.

Si necesitas ayuda, no dudes en contactar conmigo para resolver todas tus dudas.

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