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¿Sabes que se puede hacer testamento sin necesidad de Notario? Muchos clientes del despacho no conocen la posibilidad de hacer testamento de su puño y letra y los requisitos que se deben cumplir para que el testamento sea válido. En este post voy a hablar de qué es el testamento ológrafo, cómo se hace y qué requisitos debe cumplir para ser válido.

En un post anterior hablé de  ¿Por qué es importante hacer testamento?, y a raíz de ese post entiendo que te habrán asaltado dudas sobre:

  • ¿Qué tipos de testamentos existen?
  • ¿Cómo hacer testamento?
  • ¿En qué consiste un testamento ológrafo?
  • ¿Qué requisitos debe cumplir para que sea válido?
  • ¿Es necesario hacerlo ante Notario?

¿Qué tipos de testamento existen?

Existen los siguientes tipos de testamento:

  • Testamento abierto: se formaliza en presencia del Notario, que se queda con el testamento original entregando copia a los testadores
  • Testamento cerrado: en este caso el testador comparece ante Notario con un pliego que contiene el texto de su testamento en sobre cerrado y sellado, o se puede cerrar y sellar ante Notario.
  • Testamento ológrafo: es el escrito y firmado de puño y letra del testador. Se regula en el artículo 678 del Código Civil que establece lo siguiente: Se llama ológrafo el testamento cuando el testador lo escribe por sí mismo en la forma y con los requisitos que se determinan en el artículo 688.

El testamento ológrafo se puede otorgar sin la necesidad de que asista un Notario.

Además de lo anterior, el Código Civil regula la posibilidad de hacer testamento de forma especial en caso de pandemia y establece, en el artículo 701 que:

En caso de epidemia puede igualmente otorgarse el testamento sin intervención de Notario ante tres testigos mayores de dieciséis años.

Si quieres saber más sobre esta forma de testamento, lee nuestro post Cómo hacer testamento en plena pandemia.

¿Cómo hacer un testamento ológrafo para que sea 100% válido?

El testamento ológrafo debe tener una serie de características para que sea válido. Son las siguientes:

  • Lo pueden hacer sólo los mayores de edad.
  • Tiene que estar escrito de puño y letra del testador quedando clara su voluntad en el mismo.
  • No hay intervención de Notario.
  • Tiene que indicar fecha, hora y lugar donde se testa (todo debe estar escrito a mano).
  • Tiene que estar firmado por el testador.
  • No pueden redactarlo las personas que no saben leer o escribir, ni se admite como firma la huella dactilar.
  • Es conveniente dejarlo en sobre cerrado.
  • Los extranjeros pueden otorgarlo en su propio idioma.

Una nota importante a tener en cuenta es que no se puede escribir después de la firma porque quedaría invalidado. Por lo que, si escribimos una frase o párrafo después de la firma del testamento hay que firmar nuevamente al pie del mismo para validarlo.

NOTA IMPORTANTE: si escribes después de la firma en el testamento ológrafo quedará invalidado, salvo que vuelvas a firmar al pie de lo que has escrito.

Contenido básico de un modelo de testamento ológrafo

Como decía anteriormente, todo el contenido debe estar escrito a mano por el testador, el contenido básico de un modelo de testamento ológrafo podría ser el siguiente:

  • Lugar, día, mes y año del otorgamiento.
  • Datos del testador (nombre completo, DNI, domicilio, fecha de nacimiento, estado civil, hijos etc.).
  • Expresión de la voluntad de hacer testamento.
  • Contenido del testamento:
    • Casado sin hijos: se puede regular el usufructo universal a favor del cónyuge y nombrar herederos a ascendientes.
    • Casado con hijos: se puede regular el usufructo universal de la herencia a favor del cónyuge y el nombramiento de los hijos como herederos, por ejemplo.
    • Viudo con hijos: se nombra herederos a los hijos.
    • Soltero o viudo sin hijos: puede nombrar heredero a algún ascendiente.
  • Firma del testador.

Para saber qué contenido puedes darle al testamento, te invito a leer nuestro post ¿Qué puedo regular en el testamento?

¿Qué se debe hacer con el testamento tras fallecer la persona?

Una vez producido el fallecimiento, como lo que tenemos es un documento privado con una declaración de voluntad privada, tenemos que cumplir con una serie de requisitos para que se convierta en pública y tenga efectos frente a terceros.

Para ello, cualquier persona interesada en el testamento, ya sea heredero, albacea o la persona en quien confiara el testador para su depósito, lo llevará ante un Notario para su adveración y protocolización. El plazo para la presentación del testamento ante Notario es de 10 días desde que se tenga conocimiento del fallecimiento del causante. Si se incumple este plazo, la persona que tiene en su poder el testamento ológrafo, será responsable de los daños y perjuicios que se produzcan.

A continuación, se verificará por parte del Notario la veracidad del testamento y la identidad del autor y se procederá a su protocolización. Para la verificación de la identidad del testador deberán acudir a la notaría tres testigos que identifiquen como válida la firma y la letra del testador. En caso de que esto no sea posible, se deberá solicitar que se practique una prueba pericial caligráfica.

En la escritura, el Notario hará constar las actuaciones que ha realizado y las observaciones que estime conveniente. Si el Notario entiende que no se acredita suficientemente la identidad del otorgante podrá negar la adveración del testamento y archivar el expediente.

Los interesados que no estén conformes con la protocolización o denegación de la protocolización, podrán interponer una demanda ante los tribunales.

El Notario competente para realizar todas las actuaciones que hemos detallado es el del lugar en el que haya tenido su residencia habitual la persona fallecida o donde estuviera la mayor parte de su patrimonio, siempre que se encuentre en España. También se podrá acudir a un Notario de un distrito colindante a los citados. Si no se localiza ninguno de los anteriores, se podrá acudir a Notario que corresponda al domicilio de quien hace el requerimiento.

¿Por qué es importante que el testamento ológrafo  tenga validez pública?

Un testamento ológrafo debe tener una validez pública por varias razones:

  • Para que los herederos sean reconocidos como tales ante terceros, ya sean las Administraciones Públicas, deudores o acreedores, entre otros.
  • Para que los herederos puedan hacer valer sus derechos sobre el patrimonio del testador que ya será causante (fallecido en ese momento).

¿Qué plazo hay para tramitar el testamento?

El plazo para realizar las operaciones de presentación, protocolización y adveración ante Notario, objeto todas ellas de comprobación de la autenticidad del documento, es de cinco años contados desde el día del fallecimiento del testador.

Una vez pasado dicho plazo el testamento ológrafo no será válido.

Ventajas y desventajas del testamento ológrafo

El testamento ológrafo claramente tiene una serie de ventajas:

  • Es sencillo de hacer y no hay que desplazarse para ello, puesto que, tal y como hemos visto, no se otorga ante Notario. Por lo tanto, es una solución para aquellas personas enfermas que no pueden acudir a la notaría.
  • Es totalmente secreto puesto que nadie conocerá su contenido, salvo que sea revelado por el testador.
  • Resulta barato a la hora de hacer el testamento, puesto que solo será necesario papel y bolígrafo.

Pero también tiene ciertas desventajas:

  • No queda registrado en ningún lugar, con lo que puede perderse o desaparecer en algún momento.
  • Es más complejo a la hora de gestionar la herencia y el paso a la validación publica requeriría ciertos gastos (honorarios del Notario, costes de informe pericial etc.).
  • Es necesario conocer a fondo los requisitos que se deben cumplir para que el testamento ológrafo sea válido, porque un error puede suponer su impugnación o su no adveración por parte del Notario.

Como consecuencia de todo lo anterior, es fundamental conocer la normativa que regula el testamento ológrafo y contar con la ayuda de un abogado especializado en herencias que te ayude a hacerlo correctamente y no cometer errores.

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¿Has tenido experiencia con un testamento ológrafo?

¿Cuál consideras que es el testamento más adecuado?

¡No olvides compartir este post con tus familiares, para que orientarles en qué decisión tomar!

Si quieres saber más sobre herencias y testamentos puedes leer nuestros posts:

 

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