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En España es muy común que una herencia tenga más de un heredero, especialmente porque las familias españolas suelen tener más de un hijo. Por este motivo, cuando fallece una persona y llega el momento de hacer la declaración de herederos, una pregunta que recibo mucho como abogada experta en herencias es si es posible abrir un testamento sin que estén presentes todos los herederos.

Todos hemos visto alguna vez una película, generalmente americana, donde reúnen a todos los herederos para leer el testamento. Pues esta imagen es mejor que la dejes a un lado, en la vida real, por lo menos en España, es mucho más sencillo que eso: sí es posible abrir un testamento sin los herederos. De hecho, cada uno de ellos, de manera individual, puede pedir su copia del testamento y leerla cuando más le apetezca. En las próximas líneas te amplio más información sobre este tema.

¿Quién puede solicitar una copia de un testamento?

Para saber qué personas pueden pedir una copia de un testamento, debemos irnos al artículo 226 del Reglamiento Notarial, el cual dice lo siguiente:

En vida del otorgante, sólo éste o su apoderado especial podrán obtener copia del testamento.

Fallecido el testador, tendrán derecho a copia:

  1. a) Los herederos instituidos, los legatarios, albaceas, contadores partidores, administradores y demás personas a quienes en el testamento se reconozca algún derecho o facultad.
  2. b) Las personas que, de no existir el testamento o ser nulo, serían llamados en todo o en parte en la herencia del causante en virtud de un testamento anterior o de las reglas de la sucesión intestada, incluidos, en su caso, el Estado o la Comunidad Autónoma con derecho a suceder.
  3. c) Los legitimarios.

Las copias de testamentos revocados sólo podrán ser expedidas a los efectos limitados de acreditar su contenido, dejando constancia expresa de su falta de vigor.

Artículo 226, Reglamiento Notarial

Un dato relevante a destacar es que nadie te avisará ni te notificará de que eres heredero de una herencia. Esto solo puede pasar, y no es muy común que suceda, cuando ha sido la propia persona fallecida quien ha dejado por escrito en su testamento a qué personas había que avisar para su apertura. Pero, como te acabo de comentar, esto solo ocurre en una minoría de número de casos, no es lo común.

Si crees que eres el posible heredero de una herencia, tendrás que ir tú mismo a pedir una copia al notario en el que el difunto otorgó su testamento, aunque para pedir esta copia, como es lógico, hay que cumplir con una serie de requisitos que te cuento a continuación.

¿Cómo se abre un testamento?

Lo primero de todo, es importante saber que existen varios tipos de testamentos, pero solo me voy a centrar en la apertura del testamento abierto, es el más habitual. En segundo lugar, cualquier persona que considere que pueda ser un posible heredero, puede pedir la apertura de un testamento. Pero, eso sí, pedir que abran un testamento no es tan fácil, debes tener una serie de documentos para poder solicitarlo y seguir estos pasos:

  1. Tras haber pasado 15 días desde el fallecimiento de la persona y con su certificado de defunción en tu poder, sirve también una copia compulsada, debes solicitar el certificado de Últimas Voluntades en el Registro General de Actos de Última Voluntad.
  2. Una vez ya hayas conseguido el certificado de Últimas Voluntades, podrás acudir al notario con quien la persona otorgó su testamento para solicitar una copia.
  3. Cuando cada heredero posea una copia del testamento en sus manos, podrá leerlo cuándo y desde dónde quiera sin necesidad de que se organice una reunión formal para ello.
  4. Cuando los herederos hayan leído el testamento, se volverán a poner en contacto con el notario para proceder con el reparto de bienes. Aconsejo que los herederos no dejen pasar más de seis meses, porque, aunque no haya un plazo límite para pedir la apertura de un testamento, sí que lo tienen otros trámites relacionados con él, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o la Plusvalía Municipal.

Como siempre, mi última recomendación, como abogada experta en herencias y testamentos, es que nunca te enfrentes tú solo a ninguna situación legal que se te presente. Por muy sencilla que parezca de gestionar, siempre habrá algún aspecto jurídico que se te escape. Puedes contactarme desde aquí, encantada te ayudaré.

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