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Durante mis más de 20 años de experiencia gestionando herencias, una de las preguntas más frecuentes es la de cómo se reparte una herencia. Con este post quiero que aprendas de qué forma se hace ese reparto y qué es la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición.

Sin embargo, el reparto de la herencia es un elemento que se debe considerar no solo en el momento en que se distribuyen los bienes entre los herederos, sino también en el momento en que se hace testamento para evitar problemas futuros entre los herederos.

¿Cómo se reparte una herencia entre hijos, esposo/a o ascendientes?

El caso más habitual es que haya hijos y un cónyuge que sobreviva al fallecido.

La regulación de la división de la herencia se establece en el Código Civil, que diferencia varias partes de la herencia para el caso de que haya testamento:

  • La legítima. Es la parte de la herencia de la que la persona que hace testamento no puede disponer porque la ley la reserva a los herederos forzosos que son los siguientes:
    • Hijos y descendientes, respecto a sus padres y ascendientes. La legítima de hijos y descendientes está compuesta por dos tercios de la herencia salvo que se utiliza el tercio de mejora (tal y como veremos más adelante, para favorecer a alguno de los herederos forzosos).
    • Si no existen los anteriores, padres y ascendientes respecto a sus hijos y descendientes. La legítima de padres y ascendientes se compone por la mitad de la herencia que se divide a partes iguales.
    • Viudo o viuda. Si no está separado del fallecido en el momento del fallecimiento su legítima consistirá en:
      • El usufructo del tercio de mejora si hay hijos y descendientes comunes.
      • El usufructo de la mitad de la herencia, si hay solo ascendientes o si concurre con hijos del fallecido no comunes y concebidos durante el matrimonio.
      • La totalidad de la herencia si no hay descendientes ni ascendientes.
  • El tercio de mejora. Es una parte de la herencia que el padre o la madre pueden utilizar para favorecer a sus hijos o descendientes. En el caso en que los hijos o descendientes hayan sido incapacitados judicialmente, se podrá regular una sustitución fideicomisaria sobre el tercio de legítima.
  • El tercio de libre disposición. Respecto a esta parte el testador podrá disponer libremente, tanto en lo que respecta a derechos como a obligaciones, es decir, se la puede dejar a cualquier persona o entidad.

Puede ocurrir que dependiendo de la comunidad autónoma en la que se elabore el testamento o se realice la herencia, el reparto de la herencia, según la normativa aplicable, sea diferente, por ese motivo, es fundamental consultar con un abogado especializado en herencias que te pueda asesorar.

En cualquier caso es importante prevenir problemas futuros entre los herederos con un buen asesoramiento. Si necesita ayuda para repartir tu herencia en el testamento o tienes conflictos con otros herederos,  no dudes en contactar conmigo.

 

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