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¿Qué hago si heredo pero hay deudas?, ¿puedo renunciar a la herencia?, ¿es posible aceptar el activo y no las deudas? Estas son las preguntas más frecuentes que me suelen hacer las personas que han sido nombradas herederas y que no saben qué hacer cuando descubren que hay deudas en la herencia. En este post te cuento qué significa aceptar una herencia a beneficio de inventario y por qué te interesa.

¿Qué puedes hacer ante una herencia con deudas?

Imagina la siguiente situación: un familiar tuyo fallece y tenía un piso y un coche. El piso tenía una hipoteca de la cual quedan por pagar 50.000 euros y el coche un crédito de que faltan por abonar 2.000 euros.  En su testamento el familiar te nombra heredero de la casa y el piso.

Ante esta situación, puedes hacer varias cosas:

  • Aceptar pura y simplemente la herencia. En este caso heredarás los bienes y las deudas. Es decir, heredarás el coche y el piso, pero tendrás que pagar la hipoteca y el crédito con tus propios bienes.
  • Aceptar a beneficio de inventario. La hipoteca y el crédito no se pagarán con tus propios bienes, sino con los bienes de la herencia.
  • Renunciar a la herencia. Se debe hacer ante Notario y consiste en que el heredero manifiesta su voluntad de no aceptar a la herencia.
  • Deliberar sobre la aceptación o renuncia. El Código Civil también permite que el heredero se tome un tiempo para deliberar sobre su voluntad de aceptar o renunciar a la herencia. Por lo tanto, el que se acoge al derecho a deliberar, tendrá la opción de estudiar la situación de la herencia y decidir qué hacer. En ese plazo se puede hacer el inventario de la herencia para conocer el activo y el pasivo.

¿Qué significa aceptar la herencia a beneficio de inventario?

Lo primero que debemos tener claro es que la finalidad de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario es la protección del patrimonio de la persona que hereda.

Tal y como hemos visto, cuando se acepta una herencia a beneficio de inventario, el heredero no responde de las deudas con su patrimonio, sino que dichas deudas se pagan con los bienes de la herencia.

Puede ocurrir que el fallecido tuviera una empresa y no se conozcan las deudas que pueda haber, por ejemplo, por lo que será recomendable aceptar a beneficio de inventario.

¿Cómo se acepta la herencia a beneficio de inventario y en qué plazo?

La aceptación de una herencia a beneficio de inventario se realiza ante Notario o ante un agente diplomático o cónsul que pueda hacer labores de Notario, para el caso en que el heredero se encuentre en otro país.

El plazo para aceptar la herencia a beneficio de inventario es de 30 días naturales si el heredero tiene en su poder todos o parte de los bienes de la herencia, y si no los tiene en su poder, pero ha realizado alguna gestión como heredero o ha sido requerido para aceptar o repudiar la herencia. En el primer caso, los 30 días se cuentan desde que se conoce que es heredero, y en el segundo caso, desde que venza el plazo para aceptar o repudiar la herencia.

Para el resto de supuestos en los que no se reúnan las circunstancias que hemos visto, el plazo es el general para reclamar una herencia.

¿Qué ocurre cuando se han realizado las operaciones “a beneficio de inventario”?

Pueden darse varios supuestos, entre los que cabe destacar los siguientes:

  • Se han pagado todas las deudas y no quedan bienes para repartir
  • Se ha pagado solo parte de las deudas y no quedan bienes para liquidar el resto de las deudas y repartir
  • Se ha pagado todas las deudas y quedan bienes para repartir

En próximos post, resolveré cada una de estos escenarios con mayor detalle para que puedas valorar la conveniencia de aceptar la herencia a beneficio de inventario.

Si tienes dudas sobre aceptar o no la herencia y de cómo hacerlo, lo más aconsejable es que consultes con un abogado especializado en herencias para que analice tu caso y te indique la mejor forma de proteger tu patrimonio.

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