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Muchas personas piensan que recibir una herencia es un regalo, pero lo cierto es que, a veces, puede ser un “regalo envenenado”, debido a las deudas que tenía el fallecido o a los elevados impuestos que pueden gravar la herencia dependiendo de cada caso.

¿Por qué se renuncia a las herencias?

Es fundamental que antes de aceptar una herencia, estudies la situación de los bienes del fallecido para decidir si renuncias o no. Los motivos más importantes por los que se suele renunciar a una herencia son los siguientes:

  • La herencia tiene muchas deudas y no se cubren con los bienes heredados. Puede darse el caso de que se puedan cubrir las deudas con parte de la herencia, en cuyo caso existe la opción de aceptarla a beneficio de inventario (es decir, una vez que se haya pagado las deudas).
  • El pago del Impuesto de Sucesiones. En algunos casos, dependiendo del lugar del fallecimiento, el importe a pagar puede ser elevado y los herederos podrían elegir renunciar a la herencia.
  • El heredero ya tiene deudas. Para evitar que sus acreedores se queden con el patrimonio familiar, el heredero transfiere sus bienes a otro familiar y renuncia a su parte de la herencia.

¿Qué es la renuncia a la herencia y qué efectos tiene?

La aceptación de una herencia es, relativamente, sencilla, ya que basta con actuar como si la hubieras aceptado.

En cuanto a la renuncia a la herencia es un acto irrevocable, voluntario y libre que puede realizar uno de los coherederos, desde el momento en que sepa que se le ha nombrado heredero. Se suele plasmar por escrito en escritura pública ante Notario.

Cuando se rechaza la herencia los bienes, derechos y obligaciones de la herencia o legado no formarán parte del patrimonio del heredero.

¿Quién puede renunciar a la herencia?

Pueden renunciar a la herencia las personas que tienen la libre disposición de sus bienes. Esta situación se alcanza con la mayoría de edad a los 18 años.

En el caso en que los titulares de la patria potestad (por ejemplo, los padres) de un menor de edad, quiera renunciar a una herencia en nombre del menor, necesitará autorización judicial.

Para el supuesto de los incapacitados, sucede lo mismo, si el tutor quiere renunciar a una herencia en nombre de la persona incapacitada deberá solicitar una autorización al juez.

Las asociaciones, fundaciones o corporaciones con capacidad para adquirir herencias, podrán aceptarlas con la participación de sus representantes legales, pero para rechazarlas necesitarán autorización judicial.

¿Qué sucede cuando se renuncia a una herencia?

En primer lugar, habrá que ver si el fallecido otorgó o no testamento, para saber si hay previsto un sustituto para el caso de que el heredero no acepte la herencia. Por ejemplo, el testamento puede decir que se nombra herederos universales a los hijos y en sustitución a sus descendientes. En este caso si los hijos renuncian a heredar, la herencia o legado se atribuirá a los descendientes.

En el caso en que no haya testamento, se abrirá la sucesión ab intestato y si un heredero renuncia su parte se atribuirá al resto de herederos.

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