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La gestión de una herencia conlleva muchos trámites en un momento que no es fácil para quien ha perdido a un ser querido, por eso es aconsejable contar con la ayuda de un experto en herencias internacionales y nacionales, y una de las primeras gestiones que hará será averiguar si hay o no un testamento otorgado por el fallecido.

¿Cómo se averigua si hay testamento?

Si quieres saber si una persona ha otorgado testamento tendrás que acudir al Registro de Actos de Última Voluntad y solicitar un certificado de últimas voluntades.

En Madrid, el Registro se encuentra en la Plaza de Jacinto Benavente número 3, primera planta. La solicitud del certificado de últimas voluntades se puede hacer presencialmente con cita previa y también se puede hacer online.

¿Quién puede solicitar el certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades contiene información sobre si el fallecido ha otorgado testamento, ante qué Notario lo hizo y en qué fecha. Lo pueden pedir:

  • Los posibles herederos. El certificado será necesario para hacer la declaración de herederos, para cobrar seguros de vida o para procedimientos judiciales, por ejemplo.
  • Los otorgantes del testamento. Puede que el testador lo solicite en vida.
  • Un ciudadano español o extranjero que lo necesite para determinados trámites y lo pida desde el extranjero.

¿Qué documentación se debe aportar para obtener el certificado de últimas voluntades?

Los documentos que se necesitan para pedir el certificado de últimas voluntades son:

  • El DNI de la persona fallecida.
  • El modelo 790 relleno con todos los datos para el pago de la tasa correspondiente.
  • El certificado literal de defunción que se solicita en el Registro Civil.

 ¿Qué ocurre cuando el Notario ante el que se otorgó testamento ha fallecido?

A veces sucede que el Notario ante el que se otorgó el testamento ha fallecido, se ha jubilado o se ha trasladado ¿Cómo se solicita la copia del testamento en estos casos?

En estos casos puedes acceder a la web del Consejo General del Notariado, insertar los datos del notario en el formulario de la izquierda y buscar la informacion. Puede ocurrir que otro Notario custodie los protocolos del Notario fallecido, jubilado o trasladado, y si no es así, deberás acudir al Colegio Notarial de la Comunidad Autónoma, para que te informe.

¿Qué hago si no hay testamento?

En estos casos, tal y como vimos en el post ¿Qué trámites se hacen con una herencia sin testamento? , se habla de sucesión ab intestato y se aplica la regulación del Código Civil que establece quiénes son los herederos en cada caso.

En estos casos, la declaración de herederos y el reparto de bienes se realizan también ante Notario y los trámites a realizar son parecidos a los casos en los que sí hay testamento:

  • Solicitud del certificado de defunción.
  • Solicitud del certificado de últimas voluntades.
  • Aportar la documentación de los herederos y de la herencia al Notario.
  • Realización de la escritura de declaración de herederos y reparto de bienes ante Notario.
  • Pago de impuestos (Impuesto de Sucesiones, plusvalía etc.).
  • Inscripción de la herencia en los registros que correspondan.

En el caso en que seas heredero y no logres localizar el testamento de la persona fallecida, descubre mi servicio de testamentos y herencias.

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