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Cada vez son más las personas que no residen en España, pero tienen bienes en nuestro país y es aquí donde otorgan testamento. Para solucionar los problemas que puede ocasionar este tipo de sucesión o de herencia internacional es necesario conocer el Reglamento 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo, entre otros temas, a las sucesiones mortis causa. Te contamos todos los detalles en este post.

Imaginemos el siguiente caso: un alemán posee un local en Berlín, un piso en Marbella y varias cuentas bancarias en España y Francia. Su residencia habitual está en Alemania. Fallece en España y deja el piso a sus hijos que residen en España a través de un testamento otorgado en nuestro país. ¿Qué ley se aplica?, ¿a qué afecta la ley aplicable?

La sucesión mortis causa según el Reglamento Europeo 650/2012

Para comprender la solución al tema planteado es necesario analizar la regulación del Reglamento Europeo 650/2012 que establece lo siguiente, en relación a las sucesiones mortis causa:

  • La regla general es que la ley aplicable a la sucesión será la del Estado en el que el causante tenga su residencia habitual en el momento del fallecimiento. En el caso que nos ocupa la residencia habitual del fallecido está en Alemania. Si hubiera dudas (por ejemplo, puede ocurrir que pase mucho tiempo en su piso de Marbella) se deberían aportar pruebas que demuestren la residencia en Alemania, por ejemplo: facturas de servicios y suministros, coches matriculados, seguros, pago de impuestos, etc.
  • Excepciones:
    • Si resulta de las circunstancias del caso, de forma clara, que en el momento del fallecimiento el causante tenía un vínculo más estrecho con un Estado distinto del Estado cuya ley fuese aplicable según la regla general, la ley aplicable será la de este otro Estado.
    • La persona puede designar en su testamento la ley del Estado cuya nacionalidad posea en el momento de realizar la elección o en el momento del fallecimiento.

¿A qué afecta la ley aplicable a la sucesión?

La ley aplicable a la sucesión afectará a cuestiones tan importantes como las siguientes:

  • Quiénes son los beneficiarios de la herencia.
  • La posibilidad de desheredar a alguna persona.
  • Las legítimas a favor de determinados herederos.
  • Las donaciones que se hayan hecho en vida.
  • Las facultades que tienen los herederos, albaceas o administradores de bienes.
  • El reparto de los bienes.
  • La responsabilidad relativa a las deudas del fallecido.

¿Dónde se paga el impuesto de sucesiones?

En el caso de herederos residentes en España que heredan patrimonio de una persona que reside en un país de la Unión Europea, se pagará el impuesto de sucesiones de carácter estatal por todos los bienes heredados (tanto los que se encuentran en España como los que están en el extranjero). Se podrán aplicar las deducciones que correspondan a la comunidad autónoma donde estén ubicados los bienes en España y se podrá deducir el impuesto pagado en otro país por los bienes que se encuentren en ese país. En el ejemplo que hemos visto los herederos podrán pagar los impuestos que correspondan por los bienes situados en Alemania en ese país, los que se encuentran en Francia en ese país, y luego deducirse esas cantidades en España.

Por lo tanto, en todos estos casos es necesaria la intervención de un abogado experto en herencias internacionales que analice el tema y estudie la ley aplicable. así como el lugar en el que se deben pagar los impuestos.

 

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