ENTRADA

Como ya sabrás, en Legal por Naturaleza, nos hemos especializado en la gestión de herencias internacionales y, de hecho, he redactado varios posts hablando de los distintos casos que se pueden dar:

En este post, quiero completar la información que te di en los anteriores y que sepas qué aspectos importantes debes considerar si recibes una herencia del extranjero.

Recibir una herencia puede suponer una alegría, pero no podemos olvidar que “no es oro todo lo que reluce” y hay que actuar con cautela porque te surgirán muchas dudas en el caso de una herencia del extranjero como: qué ley se aplica al caso, qué impuestos tendrás que pagar y en qué país, o si te conviene aceptar o no la herencia.

Estos son los aspectos que debes tener en cuenta:

Acude a un abogado experto en herencias internacionales

En un post anterior Por qué elegir a un abogado especializado en herencias internacionales y no a un abogado generalista, expliqué algunas de las razones por las que es fundamental en el caso de herencias internacionales acudir a un experto en el tema. Algunos de los motivos son los siguientes:

  • Se trata de una persona que ya tiene experiencia en tramitar herencias internacionales por lo que conoce las gestiones y sabe realizarlas de forma ágil.
  • No tiene barreras en cuanto al idioma y está acostumbrado a tratar con personas de otros países.
  • Hará un análisis de tu situación y te ayudará a que ahorres dinero en impuestos y no asumas deudas derivadas de la herencia.
  • Te ayudará en el caso de conflictos con otros herederos en cuanto a la partición de la herencia.

¿Qué ley se aplica a una herencia del extranjero?

Esta es una de las dudas más importantes que tendrás en una herencia del extranjero. En este sentido pueden darse varias posibilidades:

  • Que se aplique la ley que corresponde a la nacionalidad del fallecido.
  • Que se aplique la ley del país en el que se encuentran los bienes del fallecido.
  • Que se aplique la ley del país de residencia del fallecido en el momento de su muerte.

Hasta hace unos años la norma general era la aplicación de la ley nacional del causante, es decir, la que correspondía a su nacionalidad. Por ejemplo, si un francés fallecía en España se le aplicaba la ley francesa.

Posteriormente, se publicó el Reglamento de la Unión Europea 650/2012 y a partir de ese momento se aplica la ley del país de residencia habitual de la persona fallecida en el momento de su fallecimiento. Es decir, todo cambia, y, siguiendo el ejemplo anterior, se aplicaría la ley española al francés fallecido en España si este tenía la residencia habitual en nuestro país.

Para evitar conflictos, el Reglamento, establece la posibilidad de que el testador elija su ley nacional al hacer testamento como la aplicable a su caso.

¿Se pueden realizar las gestiones a distancia?

Si heredes en el extranjero es posible que pienses que te debes desplazar a un país que no conoces y puede que te preocupe no hablar el idioma o no entender el testamento o los trámites a realizar. No es preciso desplazarse, si contratas  la ayuda de un abogado experto en herencias internacionales que realice todos los trámites y liquide los impuestos.

¿Dónde hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?

En cuanto al Impuesto de Sucesiones es necesario diferenciar varios casos:

  • En el caso en que los herederos residan en España y hereden bienes que estén situados en España de una persona cuya residencia se encontraba en otro país de la Unión Europea, pagarán el Impuesto de Sucesiones estatal español tanto por los bienes que están en España como por los que están en el extranjero y podrá beneficiarse de las ventajas que ofrezca la Comunidad Autónoma donde estén la mayoría de los bienes españoles.
  • En el caso de herederos no residentes en España que hereden bienes situados en España de un fallecido con residencia habitual en un país de fuera de la Unión Europea, tributarán por el Impuesto de Sucesiones español por todos los bienes pero no se podrán beneficiar de las ventajas que den las Comunidades Autónomas.
  • Si los herederos no residen en España y heredan bienes en España de una persona con residencia en un país de la Unión Europea, pagarán el Impuesto de Sucesiones en España solo por los bienes que se encuentren en España y podrán aprovechar las ventajas de las Comunidades Autónomas.
  • Finalmente, en el caso de herederos que no residan en España y hereden bienes que se encuentren en España de una persona con residencia habitual en un país de fuera de la UE, pagarán el Impuesto de Sucesiones en España en la Agencia Tributaria estatal.

En el caso en que tengas que tramitar una herencia internacional y te surjan dudas, contacta con nosotros y las resolveremos.

Legal por Naturaleza:

Soluciones legales a nivel nacional e internacional.

error: Content is protected !!